Nota Externa 7/2004-AFIP. Régimen de emisión de
comprobantes. Incorporación del código de barras. Aclaración
Procedimiento. Régimen de emisión de comprobantes,
registración e información de operaciones. Resolución General
1702/2004-AFIP. Código de Barras. Norma aclaratoria.
MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
NOTA
EXTERNA Nº 07/04 (AFIP)
Procedimiento.
Régimen de emisión de comprobantes, registración e información
de operaciones. Resolución General Nº 1702. Código de Barras.
Norma aclaratoria.
Bs. As., 22/9/2004 (BO. 27/09/2004)
Atento
a las inquietudes planteadas con relación al código de barras a
incorporar en las facturas o documentos equivalentes, conforme a lo
previsto en la Resolución
General Nº 1702 (BO. 15/07/2004), se aclara que la
“Fecha de vencimiento” a incluir en el citado código debe
respetar el formato establecido para los diseños de registro
dispuestos por la Resolución General Nº 1361, sus modificatorias y
complementarias
Asimismo,
la obligación de impresión del código de barras mencionado, se
considerará cumplida con la incorporación en el comprobante de una
oblea —o “sticker”— autoadhesiva, no admitiéndose otro
medio de fijación de dicho elemento.
Por
último, la obligación de consignar el código de barras, no
alcanza a los comprobantes emitidos mediante el equipo electrónico
denominado controlador fiscal.
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